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Title: Consulta Popular: ¿Qué pretende Guatemala este 15 de abril?
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Por: Marlen Inés Recinos Laparra Las consultas populares, o sufragios populares, son deliberaciones públicas tomadas por el pu...



Por: Marlen Inés Recinos Laparra

Las consultas populares, o sufragios populares, son deliberaciones públicas tomadas por el pueblo, como cuerpo electoral y de legislación. Es una acción democrática en la que la ciudadanía, por medio del voto, toma decisiones políticas de especial trascendencia para el país.

También se le conoce como referéndum, que es el acto en el cual el pueblo opina, aprueba o rechaza una decisión; es una forma de participación ciudadana que convoca a la población para decidir sobre algún aspecto vital para la sociedad.

Existen distintos tipos de consultas que se realizan en forma de participación política, y cada vez el pueblo llega a la decisión de forma directa sobre algo sometido a su voluntad; tanto los órganos del Estado como los ciudadanos ejercen una forma de democracia directa.

Este 15 de abril se realiza el proceso de Consulta Popular, cuando los guatemaltecos votarán sí o no, para someter a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) el reclamo territorial, insular y marítimo en el diferendo entre Guatemala y Belice.

Datos históricos del diferendo entre Guatemala y Belice

En 1780, el oro de Perú era trasladado vía marítima a las costas del Pacífico de Guatemala, y de ahí por tierra hasta el Atlántico, para ser embarcado hacia otros destinos. También las cargas debían ser movilizadas entre las costas de Estados Unidos, y viajaban hasta el istmo centroamericano para evitar peligros en el territorio estadounidense.

1783. La primera concesión fijada con límites indelebles entre Río Hondo y río Belice, con el objetivo de aplacar las acciones de piratería que ocurrían en lo que ahora es el mar Caribe, la Corona española concede permiso a la Corona británica para que sus súbditos cortaran, cargaran y transportaran, el árbol de tinte.

La Corona española se reservó el derecho de su soberanía sobre ambos territorios, la cual fue heredada a la Capitanía General de Guatemala en 1821; a la República Federal de Centro América en 1824, y al Estado de Guatemala constituido en 1825.

1859. Para frenar ese avance, Guatemala firmó con Inglaterra Aycinena -Wyke, en el cual se dio el área ubicada entre los ríos Sibún y Sarstún, a cambio del establecimiento de una vía de comunicación entre Belice y Guatemala, por parte de Inglaterra.

1863. La compensación no fue cumplida por Gran Bretaña, y en 1863 se firmó otra convención por medio de la cual este país se obligó a pagar a Guatemala 50 mil libras esterlinas, lo cual tampoco cumplió.

En 1946, por iniciativa del Organismo Ejecutivo, el Congreso de la República de Guatemala declaró la caducidad de la Convención de 1859 por el incumplimiento de Gran Bretaña. En 1981 Belice declara su independencia, fija sus límites según la Convención de 1859.

1985. Guatemala establece el mandato constitucional de buscar solución al diferendo y que la propuesta sea sometida a Consulta Popular. En 1991 Guatemala reconoce el derecho del pueblo beliceño a su autodeterminación y dos elementos de ese Estado, gobierno y población, pero no el territorio.

1994. Guatemala manifiesta ante la ONU que existe diferendo territorial. 1999, Belice aprueba seguir las negociaciones. 2000. Se trabaja con la Organización de Estados Americanos (OEA) para resolver el diferendo. 2005. Se suscribe el “Acuerdo sobre un marco de negociación y medidas de fomento de la confianza ente Belice y Guatemala.

2008. Es firmado el “Acuerdo especial entre Guatemala y Belice para someter el reclamo territorial, insular y marítimo de Guatemala a la Corte Internacional de Justicia (CIJ). 2010. El Congreso guatemalteco aprueba el Acuerdo de 2008 y faculta para presentar al TSE la iniciativa de convocar a consulta popular sobre la posibilidad de llevar el diferendo a la CIJ.

2013. Guatemala suspende un primer intento de efectuar su consulta popular por modificaciones en la legislación de Belice. 2015. Guatemala y Belice suscriben una modificación al Acuerdo de 2008 para poder celebrar sus consultas populares en fechas diferentes y el Congreso guatemalteco lo aprueba en 2016.

2017. El Tribunal Supremo Electoral efectúa el 23 de octubre la convocatoria a la Consulta Popular sobre el diferendo territorial, insular y marítimo con Belice. En las Constituciones de 1945, 1958 y 1965 se consignó que Belice es parte del territorio de Guatemala y se considera de interés nacional su reincorporación al dominio de la Nación.

¿Qué pregunta debemos responder en la Consulta Popular por el diferendo entre Guatemala y Belice?
¿Está usted de acuerdo en que cualquier reclamo legal de Guatemala en contra de Belice sobre territorios continentales e insulares y cualesquiera áreas marítimas correspondientes a dichos territorios sea sometido a la Corte Internacional de Justicia para su resolución definitiva y que esta determine las fronteras de los respectivos territorios y áreas de las Partes?
¿Cuál es el contenido de la pregunta?

Se le informa y pregunta a la ciudadanía: Guatemala y Belice tienen diferencias sobre la propiedad de territorios, islas y mares por hechos ocurridos desde hace más de 200 años. Si aprueba que este problema sea resuelto por jueces internacionales para que estos digan lo que le corresponde a cada país y cuáles son las fronteras entre ellos.

El doctor William Armando Venegas, catedrático de la Universidad de San Carlos, manifestó que la Consulta Popular es algo  trascendental para la historia del país, y que al hablar de una consulta según la Constitución se manifiesta que es una obligación que la población decida si están de acuerdo o no en determinado asunto.

Por aparte, el licenciado Eddy Chinchilla, del Instituto Electoral del TSE, manifestó que el proceso de consulta se da en virtud del diferendo que Guatemala tiene desde hace mas de 200 años, primero con Inglaterra y luego con Belice, sobre territorios insulares y marítimos que Guatemala reclama como suyos, en virtud de varios acuerdos que se firmaron desde finales de 1700.

¿Por qué es importante participar?
Votar es un derecho y una responsabilidad ciudadana. Guatemala necesita una ciudadanía participativa que contribuya, por todos los medios, a una mejor conducción política del país y, por ende, a una mejor calidad de vida de sus ciudadanos. El despertar ciudadano debe manifestarse con el ejercicio del voto sobre asuntos de interés nacional.

Con nuestra participación se fortalece la democracia y la posibilidad de un mejor futuro para la nación; se tendrá seguridad jurídica y certeza sobre los territorios que nos correspondan, lo que propiciará: intercambio comercial, mayor atracción de inversiones y reconstrucción de lazos entre poblaciones originarias que están viviendo alejados de sus seres queridos.

¿Cómo podemos participar?
Emitiendo nuestro voto, participando en juntas receptoras de votos, integrando el equipo de voluntarios cívicos electorales, formando parte de la observación electoral, participando en la red de la diversidad  sexual por la inclusión y la democracia, integrar la red de mujeres, organizaciones de pueblos indígenas y personas con discapacidad y compartiendo esta información y motivando al voto.

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