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Title: Píldoras constitucionales. Proceso electoral fortalece la democracia
Author: LA NUEVA
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Dr. Mario Armando Cabrera Márquez   La culminación del proceso electoral evaluará algunas variables como las siguientes: 1. El poder de l...
Dr. Mario Armando Cabrera Márquez 
La culminación del proceso electoral evaluará algunas variables como las siguientes: 1. El poder de las redes sociales, 2. El voto cautivo;  3. El acarreo de votantes; 4. El voto de raza representada, 5. La precaria propaganda, 6. El rol de nuevos partidos;  y 7. El resultado objetivo de las reformas a la Ley Electoral.
La normativa específica reguladora de las elecciones generales se contiene en el DECRETO LEY NÚMERO 1-85 de la ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE, que ordena:
1. Que el proceso electoral contendrá y desarrollará los principios que, de acuerdo con la Constitución Política de la República de Guatemala, norman lo relativo al ejercicio a los derechos del ciudadano en lo que atañe a organizaciones políticas, al ejercicio de los derechos políticos inherentes a la organización y al funcionamiento de las autoridades electorales; 
2. Que la evolución de las ideas políticas reclama un tratamiento legal acorde al desarrollo actual, circunstancia que es atendida y regulada por la Ley Electoral y de Partidos Políticos;
3. Y esa LEY ELECTORAL Y DE PARTIDOS POLÍTICOS define derechos y obligaciones de los ciudadanos guatemaltecos mayores de dieciocho años de edad, ejercibles para fortalecer nuestra democracia, y lo concreta en premisas  como las siguientes:
A)   Regula lo relativo al ejercicio de los derechos políticos; los derechos y obligaciones que corresponden a las autoridades, a los órganos electorales, a las organizaciones políticas, y lo referente al ejercicio del sufragio y al proceso electoral.
B) Define los derechos y deberes inherentes a los ciudadanos: a) Respetar y defender la Constitución Política de la República; b) Inscribirse en el Registro de Ciudadanos; c) Elegir y ser electo: d) Ejercer el sufragio; e) Optar a cargos públicos; f) Velar por la libertad y efectividad del sufragio y la pureza del proceso electoral; g) Defender el principio de alternabilidad y no reelección en el ejercicio de la presidencia y vicepresidencia de la República; h) Desempeñar las funciones electorales para las que sean designadas. Agreguemos: Si esos derechos y obligaciones se ejercen puntualmente, es posible enfrentar la cleptocracia y la corrupción.
C) Ordena que los derechos ciudadanos se suspenden: a) Por sentencia condenatoria firme, dictada en proceso penal; y b) Por declaratoria judicial de interdicción.
D) Prevé la recuperación del ejercicio de los derechos ciudadanos, al regular que la suspensión de los mismos termina: a) Por cumplimiento de la pena impuesta en sentencia; b) Por amnistía o por indulto; y c) Por rehabilitación judicial en el caso de interdicción.
E) Obliga la inscripción gratuita en el Registro de Ciudadanos, la que es indispensable para ejercer los derechos políticos.
F) Consagra que el voto: universal, secreto, único, personal y no delegable, es un derecho y un deber cívico inherente al ciudadano. Ejercer los derechos políticos enumerados nos permitirá aplaudir o reclamar los actos de los electos. ¡Quien tenga oídos: oiga!

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