Por AGN
Desde este 1 de octubre entran en vigor las modificaciones a la ley seca, la cual será de lunes a domingo de las 21 a las 6 horas.
Los establecimientos
comerciales abiertos al público como discotecas, comedores, centros nocturnos,
discotecas, bares, cantinas, hoteles, moteles, pensiones, supermercados,
automercados y abarroterías deberán cumplir con estas disposiciones.
Multas
Ante ello, las autoridades
gubernamentales destacaron que a los comercios que no acaten estas medidas
se les impondrán multas de hasta 100 mil
quetzales.
Asimismo, se establece que las
personas que sean sorprendidas consumiendo licor en horarios prohibidos
recibirán una multa de 5 mil quetzales.
“Se implementará la ley seca
como está establecida en el Acuerdo Gubernativo 151-2020, que señala que está
prohibido el expendio o distribución de licores, bebidas alcohólicas y
fermentadas o su consumo en lugares públicos”, expresó Edwin Asturias,
comisionado presidencial de Atención a la Emergencia Covid-19 (Coprecovid).
Fin de año
Sin embargo, se destacó que
los establecimientos mencionados sí podrán vender licores en esos horarios
durante las fiestas de fin de año, es decir, 24, 25 y 31 de diciembre, así como
el 1 de enero.