Después de una larga discusión, la Corte de Constitucionalidad (CC) declaró sin lugar las apelaciones presentadas por Carlos Pineda y el diputado Edwin Lux, con las que buscaban dar marcha atrás al amparo provisional con el que se suspendió las candidaturas de Prosperidad Ciudadana.
La decisión se tomó luego de que la secretaria general de Prosperidad Ciudadana, Lilian García, presentara el desistimiento de la apelación del partido político.
Según los magistrados, el Tribunal "dictó auto, por lo que se declaró sin lugar los recursos de apelación interpuestos, y en consecuencia, confirmó el numeral I... del amparo provisional... precisando como efecto positivo que se deja en suspenso temporal el acto reclamado –y los actos que de este se hayan derivado–, en tanto se tramite y resuelve la presente garantía constitucional".
Las magistradas de la Sala Sexta del Tribunal de lo Contencioso Administrativo aún no han resuelto en definitiva el amparo provisional. Para ello, aún deben de escuchar a las partes interesadas, es decir, al partido Cambio, a Prosperidad Ciudadana, a Carlos Pineda, al Tribunal Supremo Electoral (TSE) y a quien consideren oportuno. Cuentan con un plazo perentorio para analizar lo expuesto y decidir si otorgan o no el amparo definitivo, el fallo de la Sala se tendrá hasta después o pocos días antes de la primera vuelta electoral, programada para el 25 de junio, por lo que ya no le dará tiempo a Carlos Pineda de competir.
La decisión de la CC fue difícil de tomar, había cuatro opciones en evaluación.
La primera consistía en declarar sin materia la apelación, aprovechando que Lilian García, secretaria General de Prosperidad Ciudadana, desistió de la apelación, por lo que siendo ella la representante legal del partido, era la única con el derecho de presentar acciones legales.
También se contempló otorgar el amparo pero de manera parcial, a fin de beneficiar únicamente a Carlos Pineda y a Edwin Lux, quienes fueron los únicos que apelaron ante la CC el fallo del tribunal.
La tercera opción que, al principio era la que contaba con la mayor simpatía, consistía en denegar las dos apelaciones. Al tomar esa decisión, el tema también regresaba a la Sala Sexta para que continuara su trámite.
La última alternativa, pero era la menos
probable, era otorgar el amparo en favor de Pineda y de Lux, lo que obligaría
al Tribunal Supremo Electoral (TSE) a revertir su decisión de suspender la
candidatura de Prosperidad Ciudadana, hasta conocer el fallo definitivo de la
Sala Sexta.