Las reformas en contra del
robo y hurto de la energía eléctrica cuentan con penas más severas, y ahora
será posible castigar a grupos y no solo a personas individuales, debido a las
modificaciones realizadas a la Ley contra la Delincuencia Organizada en
Guatemala.
Estas reformas tienen como
objetivo fortalecer la lucha contra el hurto de energía eléctrica, gas y agua
potable, mediante el aumento de las penas y multas para aquellos que cometan
estos delitos, a través del Decreto 8-2023, publicado en el “Diario de Centro
América”. Esta medida reforma tanto el decreto 17-73, Código Penal, como el
decreto 21-2006, Ley Contra la Delincuencia Organizada.
Además, las reformas
permiten sancionar a grupos y no solamente a personas individuales.
Hurto de energía eléctrica
mediante conexiones ilegales. Art. 249 Ter Prisión de 5 a 8 años, multa de Q 5
mil a Q 10 mil sin perjuicio de la responsabilidad civil y administrativa que
corresponda.
Se adiciona cobro ilegal de
energía eléctrica art. 259 Quater Prisión de 5 a 8 años multa de Q 10 mil a Q
50 mil sin perjuicio de la responsabilidad civil y administrativa que
corresponda.
Hurto de fluidos, art. 249 prisión
de 2 a 4 años, multa de Q 10 mil (antes solo se pagaban de Q 200 a Q 3 mil).
Hurto de fluidos cometidos
por grupo delictivo organizado u organización criminal. Art. 249 Bis Prisión de 4-8 años, multa de Q 100 mil (esta
acción antes no estaba tipificada).
Se contempla prisión de 5 a
8 años por el delito de robo de fluidos. (antes la sanción era de hasta 2 años).
Si el delito es cometido por
un grupo delictivo u organización criminal la pena será de 8 a 12 años.
Atentado contra seguridad de
servicios públicos, art. 294. Se extiende pena de 3 a 6 años por este delito
(antes era hasta 5 años) y de 6 a 12 años si es cometido por grupos.
Encargados jurídicos de la
Empresa Eléctrica de Guatemala (EEGSA) explicaron que, para determinar si se
trata de robo o hurto, se examina si hubo violencia. El robo se considera
cuando un individuo o grupo utiliza métodos no profesionales para el delito
como cortar un cable con un machete. Sin embargo, cuando se utilizan métodos e
instrumentos que usan expertos en la rama de la electricidad, se considera
hurto.
Se adiciona la literal
"e.7" art. 2 y 3, en la cual se considera grupo delictivo organizado
u organización criminal si tres o más personas cometen el delito de hurto de
fluidos, robo de fluidos y atentado contra la seguridad de los servicios de
utilidad pública.
Conspiración Art. 3. Cometen
este delito, quienes realicen el hurto de fluidos, robo de fluidos y atentado
contra la seguridad de servicios de utilidad pública.