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Title: Salud oficializa reglamento para compensar reacciones adversas por la vacuna del Covid-19
Author: LA NUEVA
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Este martes, el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) emitió disposiciones que regulan el funcionamiento del Comité de Eva...


Este martes, el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) emitió disposiciones que regulan el funcionamiento del Comité de Evaluación de Reacciones Adversas Serias a las Vacunas.

Este comité será una dependencia asesora técnica del MSPAS que apoyará en la evaluación objetiva de eventos supuestamente atribuibles a la vacunación e inmunización contra el coronavirus (COVID-19).



Las disposiciones, que se publicaron bajo el Acuerdo Ministerial Número 149-2021, indican que el comité estará a cargo de investigar, analizar y dictaminar si una reacción o evento adverso serio en una persona es atribuible a la vacuna.

El Comité de Evaluación de Reacciones Adversas Serias a las Vacunas estará integrado por cinco personas: tres representantes del MPSAS, un representante del Consejo Nacional de Prácticas en Inmunizaciones (Conapi) y uno por la Asociación Guatemalteca de Enfermedades Infecciones (AGEI).

De acuerdo con el documento, el acuerdo entra en vigencia este martes y en los siguientes 15 días hábiles el MSPAS deberá analizar las normas técnicas vigentes para dar cumplimiento a la normativa.

Asimismo, se estipuló que el Departamento de Regulación y Control de Productos Farmacéuticos y Afines del ministerio tendrá que derogar las disposiciones que contravengan el acuerdo.

La creación del comité de evaluación se estableció en la Ley de exención de responsabilidad y de creación del mecanismo de compensación por el uso de vacunas contra la COVID-19 que posean autorización de uso de emergencia por la pandemia del SARS-CoV-2.

En la ley también se indicó que el comité evaluará los casos para deducir si necesitan ser compensados.

Quienes presente su reclamo y caso ante este organismo deben solicitar la compensación en un período no mayor a 30 días, a partir de la fecha en que se haya tenido conocimiento del dictamen emitido.

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