El Ministerio de Comunicaciones modificó las
restricciones de circulación en la Autopista Palín-Escuintla a través del Acuerdo
Ministerial 452-2023, en el que se cambió dos artículos del Acuerdo
438-2023, en que se establecieron las primeras restricciones de circulación en
el tramo carretero que el Estado recibió tras una concesión de 25 años.
Anteriormente, se limitaba la circulación de
vehículos de más de seis ejes, ahora la prohibición de circulación será por
peso.
"Se restringe la circulación de vehículos
automotores de carga cuyo peso y dimensiones excedan los límites establecidos
en el Reglamento para el Control de Pesos y Dimensiones de Vehículos Automotores",
se lee en el artículo 1.
El acuerdo también establece que será la
Dirección de Caminos la que instale, mantenga, opere y administre las
actividades de control de peso a través de estaciones de control.
Según el documento, todos los vehículos de
carga que circulen por la autopista deberán pasar obligatoriamente por las
estaciones de control de pesaje establecidos, sin previo requerimiento. El
conductor deberá presentar la documentación necesaria y recibirá una boleta del
peso correspondiente. Si excede los límites no podrá continuar con el
recorrido.
Para esta regla se exceptúan el transporte de
pasajeros, vehículos de emergencia, seguridad nacional y grúas.
Por último, el acuerdo establece que la
Dirección de Caminos, la Dirección General de Transportes y Provial estarán a
cargo del control y aplicación de las nuevas disposiciones.