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Title: El nuevo DPI: Para menores de edad (DPIME) entra en vigencia este sábado
Author: Radio Circuito San Juan
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  El Registro Nacional de las Personas (Renap) publicó este 26 de mayo en el “Diario de Centro América” el Acuerdo de Directorio número 36-2...

 


El Registro Nacional de las Personas (Renap) publicó este 26 de mayo en el “Diario de Centro América” el Acuerdo de Directorio número 36-2023, en el que emite el Reglamento para la Emisión del Documento Personal de Identificación a Menores de Edad (DPIME), y determina las características que este tendrá, los costos, y el proceso para obtenerlo en Guatemala y el extranjero.

El presente Acuerdo entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el “Diario de Centro América”, es decir, el sábado 27 de mayo.

Según el Renap, mediante el Acuerdo de Directorio número 92-2013 de esa institución se aprobó el primer Reglamento para la emisión del DPIME, pero que se debe contar con el marco legal que prevea los cambios físicos que puedan sufrir los niños, niñas y adolescentes en el tiempo, así como, implementar medidas de seguridad que garanticen la información de este sector de la población, por eso decidió emitir una nueva normativa, que aplica a la emisión del DPIME para guatemaltecos y extranjeros domiciliados.

La solicitud, trámite y entrega del DPIME se hará en la sede y oficinas del Renap, unidades móviles y en el extranjero a través de las oficinas consulares y consulados móviles de conformidad con los convenios y acuerdos celebrados con el Ministerio de Relaciones Exteriores.

El Renap establece que por razones de lectura y visualización, los dígitos del CUI serán impresos en el DPIME en tres segmentos así: cuatro, cinco y cuatro, respectivamente. Añade que a los menores de edad guatemaltecos naturalizados y extranjeros domiciliados, les corresponde en su CUI el código del departamento y municipio donde fue efectuada la inscripción registral de los mismos.

A los menores de edad guatemaltecos nacidos en naves y aeronaves guatemaltecas y a los hijos de padre o madre guatemaltecos nacidos en el extranjero, les corresponde en su CUI los códigos del departamento y municipio de Guatemala, independientemente del lugar donde hubieren nacido.

el Renap emitirá el DPIME conforme los rangos de edad y colores siguientes: 1) De cero a siete (0 a 7) años, color dorado. 2) De ocho a diecisiete (8 a 17) años, color plateado.

El DPIME es el documento que deberá utilizarse para todos los actos en los cuales los menores de edad deban identificarse, según el artículo.

El contenido que tendrá el DPIME registrará lo siguiente: 1) El Código Único de Identificación –CUI– asignado al menor de edad.  2) Nombres y apellidos del menor de edad.  Al menor de edad que posea identificación de persona, se le consignará en el documento impreso la leyenda: “IDENT. DE PERSONA EN CÓDIGO QR” y el nombre o nombres con los cuales se le identifica se podrá visualizar en el Código QR.

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