El Ministerio de
Salud hizo una nueva modificación al Sistema de alertas sanitarias y
disposiciones sanitarias y con uno nuevo flexibiliza el uso de la mascarilla,
el distanciamiento físico de 1.5 metros e incluye al sector educativo en el
proceso de apertura a la nueva normalidad.
Salud publicó este
viernes 13 de mayo el acuerdo ministerial 159-2021 en el que hace
modificaciones al 158-2022, que había publicado el pasado 12 mayo y que
contenía las Sistema de alertas sanitarias y disposiciones sanitarias.
En el nuevo acuerdo
menciona que se hace necesario incorporar a los efectos de la apertura a la nueva
normalidad a otros sectores.
El primer cambio que
efectúa es en la tabla de parámetros para determinar el nivel de riesgo de
contagios de covid-19.
El único cambio que
hizo fue en el indicador de porcentaje acumulado de vacunación esquema 2 dosis
en mayores de 12 años, que anteriormente daba un punteo de 2 al rango
comprendido entre >47 a <74 y ahora lo modificó y quedó >47 a <70.
Flexibilizan uso de mascarilla
En el artículo 2 del
nuevo acuerdo ministerial, se reforma el artículo 4 del 158-2022 que contienen
las disposiciones sanitarias, y ya menciona que para la apertura de todas las
actividades económicas, laborales, educativas en todos sus niveles, técnicas,
de capacitación y de cuidado infantil, el Ministerio de Salud Pública y
Asistencia Social emite las siguientes disposiciones sanitarias:
- a) Higiene obligatoria de manos, ya sea mediante el uso de agua y jabón por un lapso mínimo de 20 segundos, o a través de la desinfección con alcohol liquido o en gel que posea al menos 70% de concentración.
- b) Distanciamiento físico mínimo de 1.5 metros entre personas, en alerta color rojo, tanto en espacios abiertos como en espacios cerrados.
- Se recomienda mantener el referido distanciamiento en alerta color naranja en espacios cerrados.
- La referida obligación se exceptúa en alertas color amarillo y verde.
- c) Uso obligatorio y adecuado de mascarilla o tapaboca, en alerta color rojo, tanto en espacios abiertos como en espacios cerrados.
- Se recomienda el uso de la mascarilla o tapaboca en alerta color naranja y amarillo en espacios cerrados.
- De la referida obligación se exceptúan los menores de 2 años, las personas que por su condición médica tengan una contraindicación y los municipios en alerta color verde.
Qué decía el acuerdo anterior
En el acuerdo
ministerial 158-2022, que había publicado originalmente el Ministerio de Salud,
el uso de la mascarilla era obligatorio en
- En alerta color roja, tanto en espacios abiertos como en espacios cerrados.
- En alerta color naranja y amarilla, únicamente en espacios cerrados.
En cuanto al
distanciamiento social decía:
Distanciamiento físico mínimo de 1.5 metros entre
personas, según lo siguiente:
- En alerta color roja, tanto en espacios abiertos como en cerrados. Espacios
- En alerta color naranja y amarilla, únicamente en espacios cerrados.
- De la referida obligación se exceptúan los municipios en alerta color verde.
El nuevo acuerdo
explica que las presentes disposiciones serán reformadas tomando en
consideración la evolución de la pandemia de covid-19 y la nueva evidencia
científica que se conozca.
Añade que “Las
autoridades locales, en consenso con sus líderes locales y representantes
institucionales y las entidades públicas a través de sus autoridades y las
entidades privadas, a través de sus representantes, podrán aumentar y nunca
disminuir las disposiciones sanitarias antes descritas, difundiéndolas
oportunamente a la población, grupo o jurisdicción aplicables”.
El presente acuerdo
empieza a regir el día de su publicación en el Diario de Centro América deberá
publicarse en la página web del Ministerio de Salud Pública.